Pídele al gobernador de Veracruz libertad para los tuiteros acusados de terrorismo

Acción promovida por ContingenteMX

En el edo. de Veracruz dos tuiteros fueron acusados de terrorismo y sabotaje y actualmente están presos. (Foto: Gobernantes.com)

El pasado jueves en el puerto de Veracruz, se reportó que algunas escuelas clausuraron sus clases debido a que recibieron amenazas. Estos reportes se comunicaron a través de twitter, por medio del hashtag #verfollow. Dichos reportes provocaron pánico colectivo en el puerto. El gobernador de Veracruz, Javier Duarte Ochoa, mencionó en su cuenta de twitter que dichos rumores eran falsos; momentos después anunció que ya habían localizado el origen de los rumores y que esto tendría consecuencias legales; citó un artículo del Código Penal de Veracruz y mencionó que esto era terrorismo.

Horas después, la Procuradoría General de Justicia Estatal de Veracruz detuvo a Gilberto Martínez Vera, (@gilius_22) y María de Jesús Bravo Pagola (@maruchibravo), periodista y exdirectora de Actividades Artísticas y Culturales de la Secretaría de Educación de Veracruz. Actualmente se encuentran en el penal de Pacho Viejo. Se menciona que por medio de torturas y maltratos les cooptaron a confesar delitos. Esto ha provocado varias reacciones, incluso se reportó una manifestación frente al congreso del estado de Veracruz.

Debido a la gravedad de estos hechos, convocamos a un acto el miércoles 31 de Agosto, en la Representación del estado de Veracruz en la Ciudad de México. Se hizo entrega de una carta al gobierno del estado de Veracruz para exigir la liberación de María de Jesús Bravo y Gilberto Martínez. Ahora les invitamos a todos a firmar esta carta y pedir por la liberación de estas personas, acusadas injustificadamente de los delitos de terrorismo y sabotaje.

¡Libertad para Maruchi Bravo y Gilberto Martínez!

Al firmar la petición estarás enviando esta carta

Destinatario: Lic. Javier Duarte Ochoa, Gobernador del estado de Veracruz-Llave

Las personas que firmamos esta carta en pleno ejercicio de nuestros derechos fundamentales, algunos participantes en el colectivo Contingente Mx, y usuarios de las redes sociales de internet, asumimos la responsabilidad de defender los derechos humanos en nuestro país. A través de un comunicado de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Veracruz, hemos tenido conocimiento de que han sido detenidos y consignados, ante un juez penal, María de Jesús Bravo Pagola “Maruchi Bravo” y Gilberto Martínez Vera, ambos usuarios de la red social Twitter.

Los delitos que se les imputan son el de terrorismo y sabotaje contemplados en el Código Penal del estado, por motivo de los hechos ocurridos en Boca del Rio Veracruz durante el 25 de agosto de 2011 en los que decenas de madres y padres de familia acudieron a los planteles estudiantiles por sus hijos antes de terminar la jornada escolar supuestamente a causa de un rumor doloso difundido mediante las redes sociales de internet, entre otras, Twitter. Con relación a lo anterior y con fundamento en los derechos consagrados en los artículos 1 párrafo primero y segundo; 6; 7 párrafo primero; 8 y 9; le exigimos lo siguiente:

  1. Que sean retirados los cargos de terrorismo y sabotaje imputados a María De Jesús Bravo Pagola y Gilberto Martínez Vera.
  2. Que no les sean formulados cargos adicionales por los hechos sucedidos el día 25 de agosto de 2011.
  3. Que les sea reparado el daño causado a su integridad e imagen pública mediante una disculpa por parte de su gobierno ampliamente difundida.
  4. Que se implemente un sistema adecuado por los medios que sean oportunos, incluyendo redes sociales, para informar a la ciudadanía en tiempo real de los hechos de violencia que sucedan en el estado y en su caso, desmentir versiones falsas.

No pasa desapercibido para quienes suscribimos esta misiva que Veracruz pasa por un momento difícil por la ola de violencia que se vive en el estado y por los recientes homicidios de periodistas que han provocado entre otros fenómenos que algunos medios locales autocensuren la información relativa al crimen organizado, otros medios de comunicación reciben presión de los poderes públicos. Esta situación genera que la ciudadanía no cuente con la información oportuna para protegerse de los ataques del crimen y los enfrentamientos de estos con las autoridades y por lo mismo corre el riesgo de ser víctima del fuego cruzado y resultar heridos. En resumen la población de Veracruz ha acudido a las redes sociales para informarse y protegerse como lo ha documentado el diario español El País en su artículo del día 26 de agosto titulado “Tuits a prueba de balas”.

Para que las personas detenidas fueran responsables debiera aprobarse el dolo en su conducta y un nexo de causalidad, bajo la lógica que fueron detenidos, cualquier persona que genera alarma pudiera ser acusada de terrorista. Incluso como recordaban en las redes sociales a propósito de esta detención, los testigos de Jehová serían detenidos por pronosticar el “inminente fin del mundo”.

Recordamos de manera breve el sustento de la libertad de expresión en México:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.

Artículo 7o. Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia. …

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 3.

Artículo 19

  1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
  2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
  3. El ejercicio del derecho previsto en el párrafo 2 de este artículo entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente, puede estar sujeto a ciertas restricciones, que deberán, sin embargo, estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para:
    a) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás;
    b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

Finalmente manifestamos nuestra voluntad de tomar todas las medidas de protesta legal y pacífica a nuestro alcance para obtener la liberación de las personas mencionadas y le reiteramos nuestra disposición a defender la libertad de expresión y el Estado de Derecho ante cualquier intención de socavarle.

Atentamente.