Por una ley de familias monoparentales

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Acción promovida por Fundación de Familias Monoparentales Isadora Duncan

Campanya

Porque miles de familias monoparentales vivimos en un limbo jurídico y las políticas fiscales y sociales NO NOS CONTEMPLAN.

A nuestro entender, las políticas familiares de nues­tro país son escasas y las referidas a nuestro colec­tivo son inexistentes. Las familias monoparentales llevamos años denunciando que vivimos en un lim­bo jurídico.

Actualmente estamos a merced de las normas que establezcan las distintas comunidades autónomas. Según la comunidad a la que nos refiramos, este es el panorama a grandes rasgos.

Cataluña, en algunos aspectos, contempla a las familias monoparentales por medio de una carné al que se adhieren las administra­ciones locales y otras instituciones catalanas que así lo decidan. Todavía no hemos po­dido hacer un estudio para averiguar cuántos ayuntamientos, diputaciones, y otras insti­tuciones, se van a adherir a este carné, pero sí podemos decir que el decreto que lo re­gula es un decreto de mínimos.

Son muy pocas las comunidades autónomas que nos contemplan en el tramo del IRPF y en las que lo hacen, como por ejemplo el País Vasco, sólo te desgrava medio hijo/a. En vivienda nos tienen de coletilla. Y en Educación solo dos comunidades (Andalucía y Cataluña), nos dan puntos en los baremos de acceso a guarderías, colegios, becas de comedor, etc... Las demás nos ignoran olímpicamente.

Un caso aparte es la Junta de Andalucía, que tiene una manera muy curiosa de definir familia monoparental: sólo son familias monoparentales los/as viudos/as, madres solte­ras con el/la hijo/a reconocido/a solo por ellas y los/as divorciados/as, porque el divor­cio consta en el Libro de Familia. ¿Acaso son más familias monoparentales las que na­cieron de un divorcio que todas las demás?

Recientemente, una sentencia del Tribunal de lo Contencioso de Andalucía le da un buen vara­palo a la Junta, reconociendo que una madre en proceso de separación es una familia mono­parental: http://?www.?difusionjuridica.?es/?portal/?articulo.?php??id_?art=4748 Este hecho confir­ma por completo nuestras denuncias, ya que reconoce el “limbo jurídico” en el que vivimos.

Esta misma sentencia dice que la monoparentalidad no es una expresión que haya sido acogi­da por ahora en el diccionario de la Real Academia Española y en una web universitaria se lee sobre este particular: El presente artículo busca profundizar en una de las cuestiones más problemáticas y controvertidas pero quizás menos debatidas de la monoparentalidad: el pro­pio concepto de familia monoparental. http://?biblioteca.?universia.?net/?html_?bura/?ficha/?params/?id/?1099811.?html

Tampoco el Ministerio de Educación recoge el concepto de monoparentalidad. En la Ley Orgá­nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación no aparecemos en el apartado de admisión de alum­nos, reconociendo así que no existimos en la legislación básica. Las diferentes organizacio­nes de madres solteras llevamos denunciando esta situación desde hace más de 20 años, y nos alegramos de que por fin los jueces empiecen a denunciar la invisibilidad jurídica en la que nos encontramos.

Al firmar la petición estarás enviando esta carta

Destinatario: Ana Mato, Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

A la atención de Ana Mato, Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

A continuación le exponemos punto por punto las razones por las que creemos que se debe realizar una ley de familias monoparentales a nivel estatal, esperando que estas firmas sirvan para abrir el debate en torno a dicha ley.

A nuestro entender, las políticas familiares de nues­tro país son escasas y las referidas a nuestro colec­tivo son inexistentes. Las familias monoparentales llevamos años denunciando que vivimos en un lim­bo jurídico.

Actualmente estamos a merced de las normas que establezcan las distintas comunidades autónomas. Según la comunidad a la que nos refiramos, este es el panorama a grandes rasgos.

Cataluña, en algunos aspectos, contempla a las familias monoparentales por medio de una carné al que se adhieren las administra­ciones locales y otras instituciones catalanas que así lo decidan. Todavía no hemos po­dido hacer un estudio para averiguar cuántos ayuntamientos, diputaciones, y otras insti­tuciones, se van a adherir a este carné, pero sí podemos decir que el decreto que lo re­gula es un decreto de mínimos.

Son muy pocas las comunidades autónomas que nos contemplan en el tramo del IRPF y en las que lo hacen, como por ejemplo el País Vasco, sólo te desgrava medio hijo/a. En vivienda nos tienen de coletilla. Y en Educación solo dos comunidades (Andalucía y Cataluña), nos dan puntos en los baremos de acceso a guarderías, colegios, becas de comedor, etc... Las demás nos ignoran olímpicamente.

Un caso aparte es la Junta de Andalucía, que tiene una manera muy curiosa de definir familia monoparental: sólo son familias monoparentales los/as viudos/as, madres solte­ras con el/la hijo/a reconocido/a solo por ellas y los/as divorciados/as, porque el divor­cio consta en el Libro de Familia. ¿Acaso son más familias monoparentales las que na­cieron de un divorcio que todas las demás?

Recientemente, una sentencia del Tribunal de lo Contencioso de Andalucía le da un buen vara­palo a la Junta, reconociendo que una madre en proceso de separación es una familia mono­parental: http://?www.?difusionjuridica.?es/?portal/?articulo.?php??id_?art=4748 Este hecho confir­ma por completo nuestras denuncias, ya que reconoce el “limbo jurídico” en el que vivimos.

Esta misma sentencia dice que la monoparentalidad no es una expresión que haya sido acogi­da por ahora en el diccionario de la Real Academia Española y en una web universitaria se lee sobre este particular: El presente artículo busca profundizar en una de las cuestiones más problemáticas y controvertidas pero quizás menos debatidas de la monoparentalidad: el pro­pio concepto de familia monoparental. http://?biblioteca.?universia.?net/?html_?bura/?ficha/?params/?id/?1099811.?html

Tampoco el Ministerio de Educación recoge el concepto de monoparentalidad. En la Ley Orgá­nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación no aparecemos en el apartado de admisión de alum­nos, reconociendo así que no existimos en la legislación básica. Las diferentes organizacio­nes de madres solteras llevamos denunciando esta situación desde hace más de 20 años, y nos alegramos de que por fin los jueces empiecen a denunciar la invisibilidad jurídica en la que nos encontramos.

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